Ene 20

LEGISLACIÓN TURÍSTICA EN GALICIA Y APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA BOLKESTEIN

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Por fin! La Consellería de Cultura e Turismo acaba de recupera la vieja página web de la Dirección Xeral de Turismo (ahora Secretaría Xeral para o Turismo), con toda la legislación que afecta a los negocios de hostelería en Galicia . Hay otras muy buenas páginas para consultar la normativa turística, y que sirven para completar la anterior

Por fin! La Consellería de Cultura e Turismo acaba de recupera la vieja página web de la Dirección Xeral de Turismo (ahora Secretaría Xeral para o Turismo), con toda la legislación que afecta a los negocios de hostelería en Galicia.

Hay otras muy buenas páginas para consultar la normativa turística, y que sirven para completar la anterior. Por ejemplo: La del Instituto de Estudos Turísticos de Galicia, y la de la Mesa de Turismo en la que podemos hacer un estudio comparado de la normativa autonómica.

Echando mano de las tres webs se puede encontrar la normativa que necesitemos sobre hoteles, restaurantes, cafeterías, furanchos, campings, guías, precios, inspecciones… y por supuesto, la nueva Ley de Turismo de Galicia vigente desde hace un año y que sustituye a la de 1997. Esta norma es obra del anterior gobierno de la Xunta que consiguió aprobarla al final de su legislatura. La nueva Ley de Turismo ha sido bastante zarandeada en los últimos meses. Cuestionada por el gobierno actual, no nació con muy buen pie y se le hará una puesta a punto para encajar en ella la Directiva Bolkestein sobre el libre acceso a las actividades de servicios, y hacer algún otro retoque más, aprovechando que entra en el taller.

El objetivo de la Directiva europea 2006/123/CE (que recibe el nombre de Bolkestein de su impulsor) es crear un marco jurídico que suprima los obstáculos que se oponen a la libertad de establecimiento de los prestadores de servicios y su libre circulación (se pueden seguir los argumentos en contra por aquí). Se concretan las medidas a tomar, en la simplificación de los procedimientos administrativos, eliminando la mayoría de las autorizaciones previas obligatorias, mejorando el sistema de ventilla única y promoviendo la tramitación electrónica.

En lo que respecta a turismo, al ser una materia de competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas, serán estas las que vayan introduciendo los cambios legislativos para incorporar lo dispuesto en la directiva.

En la currada web de poraquí, se puede ver como las diferentes autonomías van recogiendo en su legislación turística los cambios de adaptación a esta normativa europea.

Los cambios propuestos para Galicia los pego abajo. Con carácter general consisten en la eliminación de las autorizaciones previas de la Consellería de Turismo para el ejercicio de las diferentes actividades contempladas en la ley gallega del sector, a excepción de los campings para los que se sigue manteniendo esa autorización previa. Estas autorizaciones administrativas de turismo serán sustituidas por declaraciones responsables de los titulares de la actividad. Los expedientes además, se resolverán en el plazo de tres meses por silencio administrativo (silencio administrativo que –es curioso- se aplicaba a los furanchos pero no al resto de las actividades turísticas).

Se mantienen no obstante la tramitación en los Concellos de la licencia de apertura (aunque existe la voluntad de recortar trámites para permitir sacar licencias Express sin esperar años y años y años).

Otra de las grandes novedades es la desaparición de la (ya sin mucho sentido) obligación de sellar las listas de precios.

En los próximos meses empezaran a llegar los cambios refrescantes que permitirán agilizar trámites administrativos y evitar papelos, pero con un periodo de mucha inseguridad jurídica debido a los lógicos problemas de interpretación de las normas recién nacidas.

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